Servicios de telecomunicaciones
INTRODUCCIÓN
La presente nota contiene información básica acerca de los servicios de telecomunicaciones tras el Brexit
1.LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES -ROAMING -TRAS EL BREXIT
El uso del roaming en Reino Unido durante este periodo de transición permanecerá sin ningún cambio.
Es a partir de la finalización de este periodo el 31 de diciembre del 2020, que la legislación europea en esta materia [Reglamento (UE) n.º 531/2012] dejará de ser de aplicación en Reino Unido y por tanto los eventuales recargos por roaming que se establezcan dependerán de los acuerdos alcanzados en esta materia en el transcurso de las negociaciones del acuerdo de futura relación entre ambas partes.
No obstante, si hay cambios sobre eventuales modificaciones de precio en tarifas de roaming o llamadas telefónicas desde o hacia un teléfono fijo o móvil de Reino Unido, los usuarios no lo sabrán de un día para otro, ya que los operadores tendrán que informar a los afectados con un mes de antelación y podrán presentar reclamaciones a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones en caso de no ser notificados sobre dicho cambio.
Para más información sobre la materia:
https://avancedigital.gob.es/brexit/Paginas/preguntas-frecuentes.aspx