Productos relacionados con la salud (productos sanitarios y medicamentos para uso humano o veterinario)
A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido estará considerado como un país tercero a todos los efectos, es decir que, técnicamente, tendremos que realizar una exportación y no una entrega intracomunitaria como hacemos hoy en día para poder vender productos andaluces en el país anglosajón. En lo que se refiere específicamente a los productos relacionados con la salud, tanto productos sanitarios como medicamentos para uso humano o veterinario:
- todos los titulares de autorizaciones de comercialización deberán estar establecidos en la Unión Europea;
- los centros de ensayo y de liberación de lotes deberán estar ubicados en la Unión Europea;
- las personas cualificadas responsables de la farmacovigilancia y la liberación de lotes (incluidos los medicamentos en fase de investigación) deberán estar establecidas en la Unión Europea;
- los ensayos clínicos autorizados en la Unión deberán contar con un promotor o un representante legal establecido en la Unión Europea;
- la información y el etiquetado tendrán que cumplir los requisitos de la Unión en lo que se refiere, entre otras cosas, al etiquetado conjunto de medicamentos con arreglo a las condiciones de la autorización de comercialización concedida en el Reino Unido;
- la certificación de los productos sanitarios deberá ser efectuada por organismos notificados establecidos en la Unión Europea.
Pueden consultar más información sobre este tema en el siguiente enlace: https://www.gov.uk/starting-to-import/moving-goods-from-eu-countries