Los derechos de propiedad intelectual
INTRODUCCIÓN
La presente nota contiene información básica acerca de la protección que recibirán las marcas, diseños, patentes y derechos de autor registrados, tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea.
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Se presentan varias situaciones:
–El caso de una marca registrada en la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea): Tanto las marcas de la Unión Europea como los diseños comunitarios que hubieran sido registrados en la Unión Europea antes del Brexit continuarán siendo válidos en el Reino Unido. Los titulares de estos derechos podrán transformar sus marcas y diseños registrados en la Unión Europea en marcas y diseños nacionales de Reino Unido solicitándolo expresamente a la UKIPO (Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido) dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de salida y pagar las tasas correspondientes. Adicionalmente Reino Unido garantizará que todos los diseños comunitarios registrados que existan en el momento en que el Reino Unido abandone la UE continúen siendo protegidos en Reino Unido durante el período restante de protección del derecho.
–El caso de un registro de una nueva marca: Las nuevas marcas deberán solicitar también registro ante la UKIPO (Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido) y los procedimientos de oposición en Reino Unido vendrán determinados por la regulación británica.
–El caso de las patentes registradas a nivel europeo: Reino Unido pertenece a la Convención Europea de Patentes en la que figuran otros países no UE y aunque Reino Unido abandone la UE sin acuerdo, no abandona dicha Convención, por lo que no se verán afectadas por la salida.
–El caso de las denominaciones de origen de la UE: Perderán su estatus de reconocimiento en Reino Unido.
–El caso de la mayor parte de los derechos de autor: Estos, seguirán protegidos en Reino Unido ya que están amparados por acuerdos internacionales y por los principios del Acuerdo sobre aspectos de la Propiedad Intelectual (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio. Pero los derechos de autor referidos a retransmisión, gestión colectiva de derechos sobre obras musicales o derechos sobre bases de datos, verán limitada su protección.