Información pruebas de origen durante el periodo transitorio
INTRODUCCIÓN
La presente nota contiene información básica acerca de las pruebas de origen válidas en los movimientos de importación – exportación entre Reino Unido y Andalucía hasta el final del periodo de transición es decir hasta el 31 de diciembre de 2020.
Pruebas de origen admitidas
Las siguientes pruebas de origen emitidas o realizadas antes de la finalización del periodo transitorio seguirán siendo válidas, cuando la exportación del envío haya sido efectuada antes de dicha fecha.
* Pruebas de origen emitidas o hechas en el Reino Unido antes de la fecha de retiro.
* Pruebas de origen emitidas o hechas en la UE27 antes de la fecha de retirada en relación con productos con contenido del Reino Unido.
* Certificados de origen emitidos por las autoridades aduaneras de la UE27 para exportadores del Reino Unido antes de la fecha de retirada
* Declaraciones de factura, declaraciones de origen o declaraciones de origen hechas por exportadores del Reino Unido para la exportación de los productos originarios de la UE desde la UE27 antes de la fecha de retirada.
Para más información visitar el siguiente link: