En los últimos meses diversos países de Latinoamérica han publicado nuevas medidas fiscales, destinadas a optimizar el cumplimiento tributario de los contribuyentes, así como de mejorar los canales de comunicación y transparencia con las Administraciones competentes, al objeto de prevenir y combatir la evasión de impuestos en dichos territorios.
A título de ejemplo, a continuación identificamos algunas de las medidas mencionadas:
- Perú: Nuevo proyecto para el cobro de deudas fiscales.
El pasado 29 de septiembre de 2020, las Autoridades Tributarias peruanas anunciaron un nuevo proyecto para el cobro de deudas fiscales denominado “Collaborative Compliance Plan”. El referido proyecto pretende establecer nuevas medidas que conduzcan a facilitar el cumplimiento de (i) la presentación de impuestos y (ii) el pago de las obligaciones fiscales.
El fin perseguido por las Autoridades Fiscales de este país es poner en práctica un acuerdo mutuo entre los contribuyentes y dicho organismo para una correcta recaudación de impuestos. Asimismo, se pretende que las Autoridades Fiscales puedan intercambiar información tributaria con más de 130 países en el marco de la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa en materia tributaria.
Para poder iniciar la aplicación de este Plan se espera que próximamente la normativa tributaria peruana recoja de forma expresa la regulación de este nuevo proyecto.
- Argentina: obligación de informar para los beneficiarios finales ante la ADIF.
Mediante la Resolución General 4697/2020 la Administración Federal de Ingresos Públicos (ADIF) introdujo el concepto de “beneficiario final” a la normativa tributaria argentina y estableció la obligación de informar a los beneficiarios finales de accionistas extranjeros, a través de un régimen de información anual, cuyo primer vencimiento opera a finales de octubre de 2020 (respecto a la situación existente a 31 de diciembre de 2019).
A este respecto, la Resolución General 4697 define al beneficiario final como “la persona humana que posea el capital o los derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica –independientemente del porcentaje de participación-, o que, por cualquier otro medio, ejerza el control directo o indirecto de dicha persona jurídica, entidad o estructura”
El objetivo principal de dicha medida es atravesar las cadenas de sociedades u otras estructuras jurídicas hasta llegar al último propietario. Podrán ser tanto personas residentes en Argentina como en el extranjero.
- Colombia: Programas de Transparencia y Ética Empresarial.
Con efectos desde el próximo 1 de enero de 2021, se establecen nuevos criterios para determinar las entidades que deben adoptar los Programas de Transparencia y Ética Empresarial. De este modo, a partir de dicha fecha, estarán obligadas las entidades que, entre otras:
- Hayan obtenido ingresos o tengan activos totales, iguales o superiores a 40.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes en el año inmediatamente anterior (aproximadamente $35.112.120.000).
- En el año inmediatamente anterior hayan realizado negocios o transacciones internacionales de cualquier naturaleza (i) con personas físicas o jurídicas extranjeras de derecho público o privado; y (ii) de un importe igual o superior a 100 salarios mínimos mensuales vigentes (aproximadamente $87.780.300).
Las sociedades que a 31 de diciembre de cada año cumplan con los anteriores requisitos deberán adoptar un Programa de Transparencia y Ética Empresarial antes del 30 de abril del año siguiente.
El análisis de esta y otras cuestiones sobre fiscalidad internacional forman parte del alcance del servicio de asesoramiento legal para la internacionalización de las empresas andaluzas impulsado por Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, entidad dependiente de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. Desde EY Abogados, a través de su red de oficinas internacionales, estaremos involucrados en el asesoramiento fiscal, mercantil y laboral en 58 de las 61 jurisdicciones que se ofrecen en el Programa.
EY Abogados