El sector retail en Portugal: Importancia de la implantación para afianzar su éxito en el país vecino

Panorama del mercado

Portugal, con más de diez millones de habitantes, destaca por ser un país con un dinamismo comercial elevado: el horario de apertura de sus tiendas es de los 7 días de la semana y el 50% de las ventas se dan en promoción. Un mercado dinámico y muy competitivo con un consumidor con poco tiempo para hacer la compra y que busca productos de calidad y respetuosos con el medioambiente. El mercado luso recibió en 2019 -antes de la pandemia -27 millones de turistas principalmente británicos, alemanes y españoles.

La experiencia de compra se ha convertido en el eje principal del trabajo de los principales actores del sector. Portugal es un mercado que destaca por su dinamismo comercial y donde la conveniencia y la sostenibilidad se refleja en todos los conceptos y productos. Varios segmentos del sector apuestan por la teatralización de las tiendas como base de la diferenciación para generar una experiencia de compra fidelizadora, además de la profundidad de las promociones y la visibilidad que se les da y la apuesta por el modelo tradicional de venta asistida poniendo el foco en la atención al cliente

Decoración y estilo de vida en Portugal

El sector de «decoración y lifestyle» en Portugal abarca los sectores del mueble, los textiles para el hogar, utilidades domésticas y la iluminación. Marcado por su tradición de saber hacer y de calidad, combinado con la resistencia, la adaptabilidad y una clara orientación al cliente, este sector es reconocido por su capacidad de innovar y crear tendencias. También destacan como ventajas competitivas del sector su alta eficiencia operativa y su capacidad de producir rápidamente en pequeñas series.

En 2020, las exportaciones portuguesas del sector alcanzaron 2208 millones de euros representando un 4.1 % de las exportaciones portuguesas.  Los principales destinos de exportación fueron Francia, España, Reino Unido, Alemania y Estados Unidos. El sector está formado por 7.614 empresas.

El sector del mueble es el principal subsector por peso y valor. La producción de muebles portuguesa forma un tejido empresarial de 2.341 empresas, con un volumen de ventas de 1.886 M€ y 29.928 empleados. En su mayoría se trata de empresas pequeñas y situadas en el norte del país. Un 52% de las empresas se ubican en Oporto. Además, más de un 54% de ellas tienen una antigüedad superior a los 10 años.

Textiles y accesorios

Portugal considerado país del “private label” para varias marcas de moda internacionales siempre ha sido factoría, nunca epicentro de la creación. Marcas como Prada, Gucci, Balenciaga, Calvin Klein, Carolina Herrera, Lacoste, Levi’s… han recurrido desde hace tiempo a las infraestructuras y el capital humano portugués gracias a su hoja de servicios (materia prima de calidad, mejor manufactura, tiempos de entrega escrupulosamente observados, inversión en sostenibilidad y, en efecto, precios competitivos). La oferta portuguesa se dirige tanto al segmento de lujo como de gran consumo.

El sector cuenta con una Red de 15.000 empresas aproximadamente, concentradas en el norte del país (87% de las actividades), con los 2 polos más importantes: Braga (57% de la facturación total) y Oporto (24% de la facturación total). El 64% de la red son microempresas (-10 empleados).

En 2020, la industria de la moda facturó en Portugal 6.597 millones de euros, frente a los 7.683 millones de euros del año anterior, con 131.539 empleados y un saldo comercial positivo de 847 millones de euros. Este saldo positivo se debe en buena medida a factores como el crecimiento de las ventas al exterior de mascarillas y otros equipos sanitarios de protección. El textil y la confección representan el 9% de las exportaciones portuguesas, el 19% del empleo en la industria manufacturera y el 8% de la producción, según datos de la patronal de la Asociación Portuguesa del Textil y Confección (ATP)

En la primera mitad de 2021 el valor de las exportaciones portuguesas del sector alcanzó los casi 3.200 millones de euros. La remontada tras los momentos más críticos de la pandemia también se deja sentir económicamente en el sector. De hecho, según los datos del Instituto Nacional de Estadísticas Portugués y considerando el valor acumulado entre enero y noviembre de 2021, las exportaciones del sector ascienden a 4.979 millones de euros, superando el mismo periodo de 2019, en un 2,8%, debido principalmente a los buenos resultados del textil hogar y prendas de punto, con énfasis en:

  • Ropa de cama, de mesa, de tocador o de cocina, de cualquier materia textil (NC 6302), hasta 107,5 millones de euros (+23%);
  • Jerseys, suéteres, cardigans, chalecos y artículos similares, de punto (NC 6110), hasta 103,4 millones de euros (+26%).

En cuanto a los mercados, Francia encabeza nuevamente la lista de destinos con mejor comportamiento, con un aumento de 98 millones de euros (+16%), seguido de Estados Unidos con 93 millones de euros, equivalente (+29%) e Italia con 47 millones de euros, es decir, ( +16%). España presenta el país con peores resultados, con una caída de 225 millones de euros (-15%) en 2021 tras ser el principal cliente en 2019.

Principales oportunidades de mercado

Decoración y estilo de vida

Las expectativas de la demanda son positivas considerando la evolución que ha experimentado

el sector inmobiliario, el cual se ha visto promovido por programas de promoción a la inversión

directa en Portugal como el programa “Golden Visas”. Gracias a este programa, desde 2012 se

concedieron más de 7.500 permisos de residencia a extranjeros por realización de actividades de inversión que sigue vigente en 2022. La inversión total ligada a este programa, desde 2012 hasta 2019, es de 4.720 M€. También el crecimiento del turismo y la inversión en construcción o remodelación de espacios destinados a este fin (motivados por la pandemia), contribuyen a una evolución positiva en el sector.

La compraventa de viviendas también ha crecido en los últimos años, por lo que el sector del se ve altamente favorecido ante esta situación.

Textiles y accesorios

  • La industria portuguesa del textil y la confección es actualmente un partner productivo importantes para grandes enseñas europeas y estadounidenses.
  • Según Eurostat, Portugal es el país que más gasta en ropa en Europa, con 788 euros por persona.
  • El auge del turismo ha provocado un aumento de la venta de artículos de lujo por parte de los minoristas.
  • Desarrollo de los “concept stores”
  • Dominio de la “Fast fashion”
  • Gran interés por la moda deportiva
  • Interés significativo en accesorios en la moda masculina.
  • El interés por las marcas, pero el coste sigue siendo un obstáculo para la compra

¿Por qué IMPLANTARSE EN PORTUGAL?

  1. El país dispone de líneas de financiación muy interesantes para la producción en su territorio. Así, en el marco del proyecto europeo Portugal 2020, la inversión se ha multiplicado por 4 en la transformación digital y técnica (640 millones de euros entre 2014-2018 invertidos en I+D como IoT) del sector para responder a la demanda europea y mundial. El país ha reestructurado sus empresas textiles reduciendo puestos de trabajo, reorganizando los procesos de calidad y mejora de la logística.
  2. El país tiende a la diversificación de productos y servicios, sobre todo a través del trabajo de los textiles más nobles, más técnicos y más éticos. La tendencia que impera en el mercado es la innovación en tejidos y una especialización cualitativa en la producción de ropa «inteligente» (ropa deportiva y ropa de seguridad).
  3. Mano de obra altamente cualificada, Portugal se ha convertido en uno de los países más eficientes en la producción de moda rápida en comparación con los países asiáticos.
  4. Importancia de los centros comerciales en Portugal, son masivos y culturalmente a los portugueses les gusta pasar tiempo en ellos. El país tiene 191 centros comerciales (27.000 m² de media, 300.000 empleos directos) y 9.000 millones de facturación. Concentradas principalmente en los 2 centros económicos: Lisboa y Oporto. Para muchos segmentos del sector retail, abrir una tienda en uno de estos centros comerciales es una forma de implantación muy interesante, teniendo en cuenta las diferencias de precio entre los dos países de la península ibérica.
  5. El paso previo podría ser el desarrollo de una tienda de concepto de moda en Lisboa o en Oporto para comprobar de antemano la receptibilidad del mercado.

CONCLUSIÓN

En conclusión, el sector del retail en Portugal es una oportunidad muy interesante para las Pymes andaluzas del sector dispuestas a apostar por el país vecino. A través del programa de Extenda de “Implantación de la empresa andaluza”, un equipo de consultores expertos está a disposición para ayudar a analizar y estructurar la estrategia de desembarque en este país y para este sector.

El programa de Extenda va mucho más allá, ya que propone este mismo análisis para todos los sectores económicos y en cualquier país del mundo, dentro y fuera de la UE.

Más información: https://www.andaluciatrade.es/implantacion/

Karine Bruck Ecosolve.

El asesino energético de las naciones europeas, el “Globalismo UE” (Parte 2)

La agenda 2030 de la UE se convierte en un suicidio energético

El plan estaba claramente trazado por Bruselas, pero en esto llega Vladímir y lo fastidia todo. Resulta que la opción más fácil para renunciar al carbón y a las nucleares, convirtiendo en los más verdes del planeta, es el gas por su comodidad de transporte y eficiencia. El gas que suministró Rusia a la UE en 2021 suponía el 62% de la factura europea. Como ejemplo, y no es el más dependiente dentro de Europa, Alemania obtenía de Rusia el 40% del gas que utiliza para generar electricidad. Sin este, corre serio riesgo de entrar en recesión, recortando en la actualidad su crecimiento a 2,2% para 2022, lo que supone una merma importante a su recuperación postpandemia, además de atemorizar a su población frente a un invierno de temperaturas insufribles con restricciones eléctricas. Por todo esto, la UE busca en Asia y África una solución a su problema de abastecimiento. Mientras, Europa apoya a Rusia en su guerra con 108.000 millones de euros de su factura gasística (2021), al tiempo que a Ucrania le ha proporcionado poco más de 1.000 millones.

La solución argelina tampoco parece la óptima. Si sumamos que el Gobierno español en manos de la extrema izquierda ha conseguido romper el Tratado de Amistad y Cooperación, a que el eje Alemania-España-Francia apoya la resolución autonómica de Marruecos, el tema parece complicado. Francia a su vez tampoco está interesado en canalizar gas argelino a aquellos países que le compran energía nuclear. Por lo que el tiro en el pie que nos ha dado el Gobierno Sanchez a los españoles, que es capaz de hacer enemigos en los dos lados del conflicto, nos deja a los pies de los caballos una vez más.

El asesinato de la soberanía, pero solo de algunos países

Y esta es la situación a la que nos ha llevado la imposición globalista de la UE. Se nos prohíbe explotar nuestros recursos energéticos, salvo las renovables claro está, se nos obliga a depender de lo que dicten desde Bruselas, nos endeudan por varias generaciones para imponer una transición energética que dispara costes e inflación, y el resultado es que nos encontramos en un atolladero sin salida a remolque de la UE y de sus dignatarios globalistas. Mientras, cuando surgen los problemas reales cada uno de los grandes barren para su casa, pero nos dejan a los más pobres la absurda obligación del Pacto Verde Europeo y una deuda insostenible, al mismo tiempo que los demás salvan los muebles como pueden, una vez más. Alemania autoriza la reapertura de 27 centrales de carbón hasta 2024, para asegurarse el suministro eléctrico. En Francia Macron llama al “renacimiento de la industria nuclear francesa”, y decreta que “ningún reactor nuclear capaz de producir sea cerrado en el futuro (…) salvo por motivos de seguridad” sumando 14 nuevos reactores nucleares a los 126 instalados en el país gabacho. Ellos si pueden sortear el globalismo, España no.

Entretanto, la comisaria europea de Energía, Kadri Simson, nos pide que aceleremos nuestra agenda de implementación de energías renovables e hidrogeno verde. Por su parte, la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, declara que España comparte las medidas adoptadas por la Unión Europea para apostar por la transición energética, a pesar de que “siempre es complicado” acelerar este proceso, pero por si lo anterior fuera poco, declara que “más Europa, más sostenibilidad y más rapidez en la transición energética” es el camino para salir de la crisis.

Las posibles soluciones para España pasan ineludiblemente por recuperar la soberanía nacional

Si algo es evidente es que hay soluciones, y que estas pasan inevitablemente por alejarnos del seguidismo paleto y provinciano a una UE, que en lugar de proteger a sus ciudadanos persigue únicamente su agenda globalista. Si queremos dejar de ser el que más “collejas” recibe en el patio de recreo de la UE, tenemos que tomar las riendas de nuestro país de una vez por todas. Dejar de escudarnos indolentemente en la transmisión de nuestras responsabilidades hacia el hermano mayor y recuperar la soberanía de nuestras decisiones. El estado, cualquier estado, es el único responsable ante si mismo y ante sus ciudadanos, de garantizar el correcto aprovisionamiento de todos los recursos necesarios para su sostenimiento. Así como del eficaz funcionamiento de los servicios que tiene obligación de prestar. No cabe la cesión de su soberanía en la Constitución Española según dicta el articulo 1 en su apartado 2º, por muchos marcos legales y regulatorios que se inventen. Por lo tanto y de una vez por todas, recuperemos la tutela del estado como hacen Francia, Alemania y todos aquellos que defienden su soberanía nacional. Y no hablamos únicamente de la soberanía energética, la alimentaria, educativa, regulatoria y tantas otras entregadas a los lobbies europeos para que se enriquezcan a costa de nuestra pobreza. Podría seguir enumerando problemas y soluciones pertinentes al imperio globalista que nos subyuga, pero dejaremos descansar a nuestros lectores hasta la próxima entrega.

Raúl Morales Consorcio ATD OFICOMEX

Edited and posted by Antonio Arévalo Vázquez

El asesino energético de las naciones europeas, el “Globalismo UE” (Parte 1)

En este artículo pretendo únicamente poner en contexto la situación del sector energético en Europa y como la Unión Europea nos ha conducido a una debacle económica internacional, asesinando sin piedad alguna la soberanía de los países que se han plegado a su agenda globalista.

Los acuerdos vinculantes de la UE sobre energía y emisiones

Empezamos analizando el marco regulatorio por el cual la UE, como firmante del Acuerdo de Paris se comprometió en 2015 a reducir las emisiones de carbono en al menos un 55% antes de 2030, en relación con las que emitía en 1990. Para ir algo más allá, que podrían parecer escasos y cobardes los objetivos globalistas de la UE, en diciembre de 2019 pone en marcha el Pacto Verde Europeo (European Green Deal, EGD). Por supuesto, empaquetado con un lazo de buenismo “inclusivo y justo”, que nos propone acciones tan ejemplarizantes y fundamentales para nuestros países, como “suministrar energía limpia a un transporte descarbonizado” o “transversalizar la economía circular”, pero a lo que obliga es a eliminar el 100% de las emisiones en 2050. Recordemos que este es un acuerdo jurídicamente vinculante y universal, aunque no firmado por todos los países del mundo. Por supuesto, esto obliga a todos los países miembros a adherirse a su Agenda Global de Acción Climática al coste económico que sea necesario para cada uno de ellos. En la práctica esto viene a significar que desde Europa se decide la procedencia de la energía que podemos usar y de cual no, para nuestra industria, nuestros hogares y para todos los procesos productivos de cada nación. Bueno, aquí el concepto nación queda más bien reducido a sujeto pasivo susceptible de ser multado si incumple, ya que no tiene mayor poder de decisión que suscribir lo pactado por la UE mientras ve aniquilada su soberanía.

Lo más curioso es que la cuota de emisiones que se generan desde la UE es tan solo del 8% de las totales del planeta, y pese a todo, los globalistas de la UE nos obligan a realizar esta reducción a costa de las fuertes inversiones que le supone a la escasa industria que nos queda. Aunque menos nos va a quedar, si los precios siguen subiendo como resultado de estas inversiones y por tanto dejan de ser, competitivos.

La pandemia como excusa para endeudar a los europeos por y para la Agenda 2030

Para agudizar la situación, en plena pandemia del Covid-19 la Comisión ve una oportunidad para impulsar su agenda política, mientras sus ciudadanos miran la ruina a los ojos, ven cerrar sus empresas, perder sus puestos de trabajo y paralizar sus países. Así que como estamos arruinados, por supuesto unos países más que otros, vamos a impulsar las economías de los estados miembros con un auténtico tsunami de dinero que arranque de nuevo la producción y nos haga volver a la “senda del crecimiento”. Sin ninguna duda el globalismo de la UE está gestionado por los más listos de la clase. Porque esta fue la justificación para que el Consejo Europeo autorizara a la Comisión Europea a acudir al mercado para financiarse hasta un monto total de 750.000 millones de euros, ampliados hasta los 806.900 millones, los famosos Next Generation EU. Para entender la excepcionalidad y magnitud de este instrumento financiero cabe compararlo con los famosos fondos que la UE reparte entre los estados miembros y los gobiernos españoles siempre esgrimen para justificar nuestra pertenencia a la misma. La dotación presupuestada en el 9º Acuerdo Marco, Horizonte Europa (2021-2027) vigente en la actualidad, alcanza un importe de 96.000 millones de euros de inversión durante los mencionados 7 años. Pues estos son tan solo un 12,8% de los fondos que Next Generation EU va a poner en circulación en el mercado comunitario en tan solo 6 años.

La pregunta que procede es, ¿a qué podemos dedicar este dinero? y en la respuesta está la “madre del cordero”. Se han fijado 4 ejes de actuación alineados con los ODS de Naciones Unidas y la Agenda 2030. Lo que quiere decir que la mayor parte se irá en proyectos que impulsen la descarbonización. Ah, por cierto, no sé si he comentado que esta ingente cantidad de dinero no es maná que cae del cielo a los justos, ni tampoco crean que lo aportan las grandes corporaciones globalistas o que los altos dignatarios se rascan el bolsillo, no. Es una deuda. Una deuda que recae sobre las espaldas de cada uno de los contribuyentes europeos, para imponer de forma definitiva la agenda climática y ecológica y resiliente y digital e igualitaria, ah, y justa.

Raúl Morales Consorcio ATD OFICOMEX

Edited and posted by Antonio Arévalo Vázquez

Inbound Marketing: la metodología que te permitirá agilizar tu estrategia

En otras ocasiones ya hemos hablado acerca de la metodología Inbound, cuál es su objetivo y cómo te ayudará a cautivar a tu público objetivo. Pero, en esta ocasión, queremos ir un poco más allá, mostrando la importancia que tienen en ella el uso de las herramientas de automatización, concretamente los CRM orientados a marketing y ventas.
Puesto que ya hemos desarrollado las bases de esta metodología en artículos anteriores, en este caso nos vamos a centrar en la puesta en marcha de la misma y la importancia de disponer de un CRM óptimo para poder aplicarla de manera exitosa.
¿Qué es un CRM y qué puede aportar a nuestra estrategia?
Un CRM no es más que una herramienta tecnológica que nos ayudará a mejorar el valor de la oferta de nuestra empresa. En definitiva, disponer de un CRM supone tener una herramienta de control que te permita hacer una mejor gestión del proceso de ventas y, especialmente, ayudando a optimizar la relación con clientes y potenciales usuarios. Aunque su construcción parte de una sólida base de datos, su uso va más allá, puesto que permite construir flujos de ventas, tareas para el equipo, alertas de seguimiento a clientes y un sinfín de acciones automatizadas.
¿Qué debo tener en cuenta a la hora de seleccionar un CRM óptimo?
Una vez que tenemos esto en cuenta, vamos a delimitar cuáles son aquellos factores que deben tenerse en cuenta para la selección de ese CRM óptimo:

  • Definir los objetivos de su uso. Antes de realizar la búsqueda de nuestro CRM debemos tener claros cuáles serán los objetivos de la empresa y del departamento de ventas, con el uso de esta herramienta. En función de estos objetivos podremos acotar la búsqueda de nuestro CRM, atendiendo a los diferentes tipos: operativo (el más completo y que más departamentos implica, siendo Hubspot uno de los mayores referentes), colaborativo (está centrado en el monitoreo de la interacción con los clientes para una mayor facilidad de acceso a la información, casos habituales de los call centers. En este caso, uno de los CRM bajo este objetivo es Cooper) y analítico (muy útil para ayudar a la toma de decisiones, siempre que dispongan de información. Este caso, tenemos Zoho como CRM analítico más empleado).
  • Recursos disponibles y participación del equipo. Los equipos que participarán en la implantación de esta tecnología resultan clave para decidirnos por un tipo de CRM, ya que influirá el número de departamentos y el procedimiento de ventas a llevar a cabo.
  • Automatización. Debemos buscar aquellas herramientas que nos permitan crear workflows de marketing óptimos que ayuden a los equipos implicados y mejoren la eficiencia en el tratamiento de datos y la construcción de relaciones con clientes y potenciales clientes.
  • Personalización. La adaptabilidad del CRM será también determinante para poder sacarle el máximo partido, pudiendo adaptar los módulos y campos de información necesaria para monitorear nuestros clientes y emprender acciones concretas para mejorar su relación.
  • Precio. Es uno de los grandes factores de decisión a la hora de seleccionar nuestro CRM, ya que en base a su coste podremos también conocer las posibilidades de rentabilizar la inversión a acometer. No obstante, es importante conocer detalladamente el valor que ofrece cada herramienta y que justifican las diferencias de precios entre uno y otro.
    Teniendo en cuenta todo esto, la búsqueda y selección de nuestra herramienta CRM podrá acotarse y centrarse en nuestras necesidades. En el mercado son muchas las opciones que podemos encontrar, por ello, te dejamos el siguiente vídeo, donde podrás profundizar sobre cada uno de los CRM principales, y conocer sus pros y contras.
    Una vez superada esta compleja etapa de seleccionar nuestro CRM, no queríamos terminar este artículo sin ofrecerte las tareas principales que debes poner en marcha antes de implantar el modelo de ventas en la herramienta.
  • Construye y alimenta de información tu base de datos: esta es la base que sustenta el inicio de nuestro CRM, puesto que es donde se contiene toda la información inicial que tenemos sobre nuestros clientes. Para crear una base de datos óptima debemos prestar atención a los campos que participan en ella, por ello, mostramos a continuación cuál sería una distribución acertada de la misma.
  • Examina tu proceso de ventas: para llevar a cabo una correcta integración de los métodos de ventas, debemos analizar cuál es el procedimiento habitual que desarrolla el equipo, cuáles son los roles que intervienen en este proceso y cuáles son las etapas en las que desarrolla la estrategia comercial. Esto ayudará a obtener una visión más amplia del proceso de venta y asignar procedimientos y tareas concretas a través del CRM.
  • Desarrollo de un workflow óptimo: una vez desglosada nuestra estrategia y encontradas las necesidades a cubrir, debemos darle solución a través de un plan de automatización en la que se generen comunicaciones automáticas con nuestros contactos para despertarles interés por nuestros contenidos y acompañarlos a lo largo del embudo de conversión de nuestra estrategia. Con el objetivo de acercarnos mejor a la construcción de este flujo de acciones, queremos poneros un ejemplo de un workflow en el que obtener más información del usuario y acercarlo hacia aquel contenido que despierte en él un especial interés.
  • Formación y análisis. Por último, como ya mencionábamos al inicio, la selección del equipo es muy importante para asegurar que el uso de la herramienta es el óptimo para lograr nuestros objetivos de conversión. Por ello, la correcta formación de los diferentes miembros en el uso y análisis de las acciones a llevar a cabo en el CRM será determinante para conseguir un éxito en el futuro.
    Por último, y como objeto de tener una visión práctica aún más amplia de todos los procedimientos y recomendaciones que hemos ofrecido en este artículo, queremos destacaros la última sesión desarrollada en el programa formativo de Extenda sobre Inbound Marketing,
    donde desarrollamos un caso práctico de aplicación de la estrategia en el CRM. https://www.youtube.com/watch?v=Y2SPWoKiyc8
    Con el desarrollo de toda esta información esperamos haberte acercando un poco más al Inbound Marketing y a su aplicación a través de herramientas CRM, y hayamos despertado vuestro interés por desarrollar en vuestra empresa una completa estrategia de marketing digital para trabajarla con un objetivo concreto y lograr una mejor relación con tus contactos potenciales.
    Si quieres seguir aprendiendo a darle forma a la estrategia de marketing digital de tu empresa, conoce el servicio de Extenda Marketing Digital y benefíciate de las ventajas del programa: https://www.andaluciatrade.es/marketing-digital.

Edited and posted by Ana Moreno

EMIRATOS ARABES UNIDOS: CUESTIONES DE INTERÉS EN EL ÁMBITO LABORAL CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.

Desde que en el pasado mes de marzo de 2020 la COVID-19 fuese oficialmente declarada pandemia por la OMS, los países de todo el mundo han venido regulando y efectuando continuas modificaciones sobre diversos ámbitos legales. Esta adecuación normativa afecta a todas las empresas por igual, si bien la situación se agrava para aquellas que tienen presencia en múltiples jurisdicciones y que, por tanto, necesitan adecuar sus políticas internas con el fin de cumplir con las obligaciones que se les impongan.

Teniendo en cuenta lo anterior y a la vista de que Emiratos Árabes Unidos (EAU) está comenzando a ser referencia en captación de empresas españolas que deciden internacionalizarse, hemos decidido enfocar el presente artículo como un Q&A donde tratemos algunas situaciones cotidianas de índole laboral en el presente marco de crisis sanitaria cuyas respuestas les puedan resultar muy útiles.

  1. ¿Cuáles son las obligaciones del empresario ante la propagación de la pandemia de la COVID-19?

El empresario tiene la obligación de evaluar continuamente el entorno de trabajo y actuar sobre los riesgos potenciales. En consecuencia, deben adoptarse las medidas adecuadas de seguridad y salud en el trabajo: normas sobre distanciamiento social, número de trabajadores permitidos en el lugar de trabajo y otras restricciones y directrices a través de los sitios web de las autoridades, circulares y publicaciones pertinentes.

Las disposiciones (en particular, la Resolución Nº. 32 de 1982 en la que se determinan los medios y las medidas de prevención para proteger a los trabajadores de los riesgos laborales) de la Ley Federal sobre las obligaciones de los empresarios abarcan cuestiones como:

– los equipos de protección personal

– instalaciones de seguridad

– instalaciones sanitarias

– la disposición del lugar de trabajo (pasillos, superficies, escaleras).

– salud laboral.

– notificación e indemnización de las lesiones y enfermedades profesionales.

Los establecimientos del sector privado deben tomar serias medidas de precaución respetando las normas de salud pública; limpiar y desinfectar las superficies y proporcionar desinfectantes y esterilización autorizados. Los establecimientos registrados en el Ministerio de Recursos Humanos y Emigración (por sus siglas en inglés “MOHRE”) establecerán planes para garantizar la continuidad de la actividad en las instalaciones donde se identifiquen personas afectas por la COVID-19.

  • ¿Puede el empresario prohibir el acceso al lugar de trabajo a un trabajador que ha sido diagnosticado con COVID-19?

Sí. El empresario es responsable de proporcionar un entorno de trabajo seguro y saludable. Negar el acceso al centro de trabajo a un trabajador al que se le ha diagnosticado esta enfermedad es una razón válida para ello. Además, el empresario tiene la obligación de notificar los casos sospechosos a los servicios sanitarios que correspondan de EAU para que la autoridad sanitaria competente pueda tomar las medidas necesarias.

Asimismo, desde el punto de vista del trabajador, éste está estrictamente obligado a cumplir la hospitalización obligatoria o la cuarentena domiciliaria según el tratamiento prescrito por el médico correspondiente en el supuesto de que fuese positivo en COVID-19.

Las sanciones por incumplimiento de las normas incluyen multas de hasta 50.000 AED (Dirham). No obstante existen sanciones más severas en virtud de la Ley Federal de EAU Nº. (14) de 2014 sobre el control de las enfermedades transmisibles que incluyen penas de prisión.

  • En caso de que un trabajador sea positivo en COVID-19 ¿está el empresario obligado a informar a los restantes trabajadores de esta situación?

Si un empresario tiene conocimiento de que uno de sus empleados ha dado positivo en COVID-19 podrá decidir si debe informar al resto de la plantilla, a los clientes o a cualquier tercero, si bien sí deberá comunicarlo a las autoridades sanitarias a fin de que realicen el seguimiento necesario.

  • Si un empresario solicita al trabajador información sobre si ha viajado recientemente a zonas de alto riesgo o restringidas ¿debe éste proporcionarle esta información?

No se prevé en la legislación de EAU prohibición alguna para que un empresario pueda requerir información sobre viajes o sobre la salud de un trabajador (e.g., que revele si ha visitado un país concreto en el que se hayan registrado casos de infecciones por una nueva variante de la COVID-19, y su exposición a este virus).

  • Considerando la situación de pandemia actual ¿existe alguna norma que faculte u obligue al empresario a implementar medidas que flexibilicen el trabajo?

Sí. En la legislación emitida por el MOHRE en respuesta a las medidas del Gobierno para combatir la propagación de la pandemia de COVID-19, la cual se contiene en:

– Resolución Ministerial nº 279 de 2020 (MR 279): Relevante para los empleados no nacionales de la EAU en el Sector Privado.

– Resolución Ministerial nº 280 de 2020 (MR 280): Relevante para los empleados nacionales de los EAU en el Sector Privado.

– Resolución Ministerial nº 281 de 2020 (MR 281): Regulación del Trabajo a Distancia en los Establecimientos del Sector Privado.

Por su carácter novedoso al haber sido dictadas para regular esta concreta situación de pandemia, estas disposiciones se aplican con carácter prioritario a lo señalado en la Ley Federal del Trabajo (Ley Federal nº 8 de 1980, modificada) y a los acuerdos de empleo existentes, e introducen factores adicionales que los empresarios deben tener en cuenta durante este período. Se aplican a todas las entidades del sector privado registradas en el MOHRE y se mantendrán en vigor hasta se deroguen por el legislador.

Sin perjuicio de lo anterior, las medidas están siendo modificadas de forma continua tras la reapertura por parte del gobierno de la mayoría de los sectores económicos de los EAU desde mayo de 2020 y varían según cada Emirato o Zona Franca, así como según el sector de que se trate.

Aunque actualmente la mayoría de las empresas han optado por una vuelta presencial de sus trabajadores a los puestos de trabajo, existen otras muchas que siguen operando mediante el sistema de teletrabajo. En este caso, para el supuesto de que el empresario decida acordar la vuelta de sus trabajadores al lugar de trabajo de forma presencial, deberá previamente ofrecer a los siguientes grupos la posibilidad de continuar trabajando a distancia:

– los mayores de 55 años,

– las trabajadoras embarazadas,

– los que padezcan enfermedades respiratorias o crónicas o una discapacidad,

– las madres de niños que cursen el curso noveno o menos.

  • ¿Qué tipo de medidas resultan aplicables en relación con la pregunta anterior? ¿Qué efectos tienen tales medidas para el empresario?

Específicamente para empleados del sector privado no nacionales de EAU:

  • Reconsiderar las funciones que pueden ser desarrolladas a distancia y las que han de ser prestadas presencialmente.
  • En cuanto al abono del salario: la baja de un trabajador por ser positivo en COVID-19 puede ser tratada con la misma consideración que cualquier otra baja por enfermedad. Esto es, la Ley Laboral de los EAU establece que un trabajador tiene derecho a 90 días naturales de baja por enfermedad en un periodo de 12 meses. Durante los primeros 15 días, el sueldo se abonará íntegramente, durante los siguientes 30 se abonará medio sueldo y los 45 días restantes no deberán ser abonados por el empresario.
  • Podrán obligar al trabajador a utilizar los días de vacaciones anuales que legalmente le corresponda en caso de que organizativamente así se requiera.
  • Mientras continúe la pandemia, las empresas con sede en el Centro Financiero Internacional de Dubái pueden recurrir a diferentes medidas de emergencia relacionadas con el empleo para hacer frente al impacto de la misma como pueden ser: reducción de la jornada laboral, permisos remunerados o no remunerados, reducción de la remuneración, restricción del acceso al lugar de trabajo y establecimiento de condiciones de trabajo a distancia sin el consentimiento de sus trabajadores.
  • ¿Puede un empresario decidir unilateralmente posponer la fecha de inicio de la relación laboral?
  • Para el caso de que la oficina se encuentre cerrada por la COVID-19: La fecha de inicio de la relación laboral es un concepto obligatorio en los contratos de trabajo, cuyos términos sólo pueden modificarse por acuerdo entre el empresario y el trabajador. Si el empresario pretende introducir cambios unilaterales en el contrato, esto puede constituir, dependiendo de las circunstancias, un incumplimiento contractual con el trabajador, lo que da derecho a éste a rescindir el contrato sin previo aviso y a solicitar una indemnización. 

No obstante lo anterior, se aconseja a los empresarios que sigan las mejores prácticas para tratar estas situaciones y que tengan en cuenta las orientaciones emitidas por el Gobierno Federal, cada Emirato y cada Zona Franca dependiendo de dónde esté registrada la empresa.

  • El trabajador ha visitado una «ciudad/zona de cuarentena» durante últimos 14 días: No existe norma que regule esta situación, por lo que la interpretación es que no; sin perjuicio de que, igualmente, tengan en cuenta las orientaciones emitidas por el Gobierno Federal, cada Emirato y cada Zona Franca, dependiendo de dónde esté registrada la empresa.
  • Para el caso de que el nuevo trabajador haya sido diagnosticado con COVID-19: En este caso el empresario podría considerar la posibilidad de retrasar la incorporación del trabajador al lugar de trabajo como un “permiso no remunerado”. Todo ello bajo la interpretación de que en los EAU, los empresarios tienen derecho a fijar un periodo de prueba durante un tiempo tasado, que varía en función de la jurisdicción que corresponda según la zona de EAU en la que se encuentre la empresa.

De acuerdo con la Ley Laboral de los EAU, un trabajador que está en periodo de prueba no tiene derecho a la baja por enfermedad reglamentaria hasta que haya cumplido al menos tres meses de servicio continuo con su empresa y por ende, después de haber completado con éxito su periodo de prueba. Por lo tanto, si una persona recién contratada en una empresa registrada en EAU solicita un permiso por enfermedad relacionado con la COVID-19, este permiso se considerará no remunerado. 

  • ¿Existen programas gubernamentales para apoyar a las empresas en caso de cierre total o parcial durante un periodo de tiempo determinado?

El Gobierno de los EAU ha impuesto procedimientos de cierre en diferentes grados, y ha introducido diversas prácticas a través de las Resoluciones Ministeriales 279 y 281 de 2020, incluyendo la limitación del número de empleados o clientes en sus establecimientos.  No obstante lo anterior estas limitaciones se exceptúan para aquellos negocios relacionados con el suministro de productos de primera necesidad.

Con respecto a las medidas de apoyo cabe indicar que no son muchas, si bien el Gobierno Federal, cada Emirato y cada Zona Franca vienen ejecutando algunas como son: la reducción del precio de los alquileres, o la implementación de un Plan de Apoyo Económico en el que se prevé, entre otras cuestiones, la reducción en el pago de tasas e impuestos.

  • ¿Cuál es el marco legal para los despidos colectivos?

Cuando los empresarios hayan agotado todas las medidas indicadas en la Resolución Ministerial 279 de 2020, de 26 de marzo de 2020 (MR 279), y consideren que continúan teniendo un excedente de empleados que no son nacionales de los EAU, podrán cesarlos en sus funciones e inscribir a estos trabajadores en el Sistema Virtual del Mercado de Trabajo (por sus siglas en inglés VLMS), que es un portal de búsqueda de empleo gestionado por el MOHRE (véase: https://mohre.hyrdd.com/). Si bien, además de esto, el empresario deberá continuar proporcionando la vivienda y el resto de los derechos que venía percibiendo el trabajador (a excepción de su «salario» base más complementos) hasta que:

– El trabajador abandone los EAU, o bien,

– El trabajador encuentre otro empleo, o bien,

– se derogase la citada RM 279 de 2020.

En todo caso, el empresario debe indemnizar al trabajador por despido improcedente (normalmente tres meses de salario) y abonar:

  • La indemnización por incumplir el período de preaviso que le correspondiese según su contrato de trabajo.
  • Su indemnización por despido (por sus siglas en inglés, End of Service Benefit).
  • Las vacaciones anuales acumuladas y no disfrutadas.
  • Un billete de transporte para volver a su lugar de origen (si el trabajador no ha encontrado otro empleo en los 30 días siguientes a la cancelación del visado).
  • Cualquier otro derecho contractual.
  1.  ¿Necesita el empresario una justificación legal para efectuar los despidos?

Para justificar los despidos en relación con los trabajadores no nacionales de EAU, las empresas onshore deben haber implementado previamente las medidas establecidas en la MR 279 en el siguiente orden:

– Facilitar el trabajo a distancia cuando sea posible;

– Obligar a tomar permisos remunerados a los trabajadores (esto puede ser a través del uso de las vacaciones anuales).

– Obligar a tomar permisos no remunerados.

– Aplicar una reducción temporal del salario.

– Aplicar una reducción salarial permanente.

  1. ¿Existen requisitos que el empresario deba cumplir con los comités de empresa/sindicatos (si los hay) para ejecutar los despidos?

Ninguno. Los sindicatos no están regulados ni reconocidos por la Ley Federal del Trabajo de los EAU ni por otros estatutos.  De hecho, pertenecer o formar un sindicato se considera un hecho delictivo.

  1.  ¿Es necesario que el empresario lo notifique a las autoridades laborales y/o a otras autoridades gubernamentales? ¿Se requiere una aprobación previa antes de proceder a cualquier despido?

Para las empresas del sector privado, y siempre en relación con los empleados no nacionales de los EAU, tal y como se indicaba anteriormente, se debe notificar los despidos al MOHRE y registrar a los empleados en el VLMS.

  1.  ¿Cuáles son los costes estimados?

Los costes estimados variarán según el tipo de empresa, el emirato y según el salario del trabajador. 

El análisis de esta y otras cuestiones de ámbito mercantil, laboral y fiscal internacional forman parte del alcance del servicio de Asesoramiento Legal para la Internacionalización de las empresas andaluzas impulsado por Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, entidad dependiente de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. El plazo de presentación de solicitudes está próximo a su finalización, el 2 de febrero de 2022, o hasta finalización del presupuesto. Desde EY Abogados[1], a través de su red internacional, estaremos involucrados en el asesoramiento fiscal, mercantil y laboral en 58 de las 61 jurisdicciones que se ofrecen en el Programa.

EY Abogados, Febrero de 2022


[1] EY hace referencia a la organización internacional y podría referirse a una o varias de las empresas de Ernst & Young Global Limited y cada una de ellas es una persona jurídica independiente. Ernst & Young Global Limited es una sociedad británica de responsabilidad limitada por garantía (company limited by guarantee) y no presta servicios a clientes. Para ampliar la información sobre nuestra organización, entre en ey.com