Programas de estímulo a la PYME con Fondos EU (Parte VI)

EN ESTE POST VAMOS A DESGRANAR ÚNICAMENTE LOS PROGRAMAS DE AYUDA Y ESTÍMULO A LA PYME QUE NOS OFRECEN DESDE LA UNIÓN EUROPEA. TENEMOS QUE SER CONSCIENTES DE QUE LOS PROGRAMAS EUROPEOS SON UNA DE LAS MEJORES OPORTUNIDADES CON LAS QUE CUENTAN LAS EMPRESAS PARA FINANCIAR EL DESARROLLO Y ACCESO AL MERCADO DE SUS INNOVACIONES. SUS CONDICIONES DE FINANCIACIÓN, SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO Y PREFINANCIACIÓN, FACILITAN MUCHÍSIMO ACOMETER LOS RIESGOS PROPIOS DEL DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS. SIN EMBARGO, ESTO TIENE UNA CONTRAPARTIDA. EL NIVEL DE EXIGENCIA ES MUY ALTO Y LA COMPETENCIA MUY FUERTE

EN ESTA ÚLTIMA PARTE, ANALIZAREMOS DOS DE LOS PROGRAMAS PARA LA PYME: fast track to innovation (fti) y EUREKA. PROYECTOS INTERNACIONALES DE COOPERACIÓN TECNOLÓGICA

 

1. FAST TRACK TO INNOVATION (FTI) 

2. EUREKA. PROYECTOS INTERNACIONALES DE COOPERACIÓN TECNOLÓGICA

Fast Track to Innovation (FTI)

Fast Track to Innovation (FTI) es un programa de apoyo a la innovación completamente ascendente que promueve actividades de innovación cercanas al mercado abiertas a consorcios dirigidos por la industria que pueden estar compuestos por todo tipo de participantes. Puede ayudar a los socios a co-crear y probar productos, servicios o procesos comerciales revolucionarios que tienen el potencial de revolucionar los mercados existentes o crear mercados completamente nuevos, bajo la dirección del nuevo piloto del European Innovation Council (EIC).

Fast Track to Innovation (FTI) proporciona fondos para propuestas ascendentes para actividades de innovación próximas al mercado en cualquier área de tecnología o aplicación. Esta apertura temática, combinada con la posibilidad de que todos los tipos de actores de la innovación trabajen juntos y entreguen innovación en el mercado y / o en la sociedad, está destinada a fomentar la cooperación transdisciplinaria e intersectorial.

OBJETIVOS

1. Reducir el tiempo de la idea al mercado,

2. Estimular la participación de solicitantes primerizos en financiación de investigación e innovación de la UE, y

3. Aumentar la inversión del sector privado en investigación e innovación.

Las propuestas de financiación deben presentarse por consorcios que comprendan entre tres y cinco entidades jurídicas establecidas en al menos tres Estados miembros de la UE o países asociados a Horizonte 2020. Las acciones deben ser «impulsadas por los negocios» porque están destinadas a dar el último impulso a las innovaciones innovadoras antes de agitar el mercado. La participación sustancial de la industria en las acciones de FTI es obligatoria para asegurar una rápida aceptación del mercado (significado «rápido» dentro de un período de tres años después del inicio de la acción FTI). Esta implicación de la industria implica:

– La asignación de al menos el 60% del presupuesto a los participantes de la industria en el consorcio,

– La presencia de un número mínimo de dos participantes de la industria en un consorcio de tres o cuatro socios, o de tres participantes de la industria en un consorcio de cinco socios.

El EIC FTI se implementa como una convocatoria de propuestas en 2018-2020 con un presupuesto total de € 300 millones (€ 100 millones por año); su presupuesto se deriva de la prioridad Horizonte 2020 » Desafíos de la sociedad « y del objetivo específico » Liderazgo en tecnologías habilitadoras e industriales (LEIT) «. La convocatoria se abrirá el 7 de noviembre de 2017 y se abrirá continuamente hasta el 27 de octubre de 2020. Las propuestas se evalúan y clasifican, y las decisiones de financiación se toman después de tres fechas de corte cada año.

Las propuestas se basan en un plan de negocios y se enfocan principalmente en lograr un alto impacto: un alto grado de novedad trae consigo una gran posibilidad de éxito o fracaso.

El tiempo de otorgamiento para los participantes está destinado a ser de seis meses como máximo. En cuanto a otras acciones de innovación, los niveles de financiación de la UE se fijan en el 70% de los costes elegibles. La contribución máxima de la UE por acción asciende a 3 millones de euros.

 

EUREKA- Proyectos Internacionales de Cooperación Tecnológica CDTI

Proyectos de cooperación internacional de Investigación y Desarrollo de cualquier sector o temática, de carácter aplicado para la creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. (Que genere un impacto en el mercado al finalizarlo)

CONSORCIO MÍNIMO:

Empresa española+ entidad programa eureka (=Empresa y/o centro, en función de la convocatoria del otro país) 40 miembros Eureka* y Canadá, Corea del Sur y Sudáfrica. Albania y Bosnia Herzegovina y pueden ser socios si colaboran con otros dos países Miembros Eureka

PRESUPUESTO

175.000 € (recomendable > 200.000 €).

La entidad que desee participar en un proyecto ha de ponerse en contacto con la Dirección de Promoción y Cooperación de CDTI, encargada de orientar a los solicitantes en estos pasos previos al registro formal de la propuesta. Es aconsejable que en ese momento, y para comenzar a definir las características de la propuesta, se empiece a preparar la Información Preliminar / Memoria de un Proyecto Eureka. Esta información se presentará a través de la web CDTI, entrando en Gestión de Solicitud de Ayudas y, una vez dentro de la aplicación, seleccionando Eureka.

DIRIGIDO A:

– Empresas y organizaciones con finalidad empresarial: Grandes empresas y PYMEs.

– No empresas en crisis, ni aquellas sujetas a recuperación pendiente por ayuda ilegal

ACCIONES

– Pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.

FINANCIACIÓN DIRECTA

Condiciones de CDTI para proyectos de investigación y desarrollo con el máximo Tramo No Reembolsable (el 30%) para todo tipo de empresas que puede suponer el 22,5% del presupuesto total.

CUANTÍA

Importe máximo del 75% del presupuesto total aprobado (pudiendo ampliarse hasta el 85% en casos excepcionales – Fondo FEDER-). Pudiera ser menor si se superasen los máximos previstos en el Marco comunitario sobre ayudas estatales de I+D+i (subvención neta equivalente).

TRAMO REEMBOLSABLE (TR):

  • Tipo de interés: fijo, establecido en la resolución, de Euribor a 1 año –mínimo 0%-.
  • Préstamo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto.
  • Carencia: 3 años desde el centro de gravedad del proyecto, con mínimo de 2 años desde fecha fin de proyecto.
  • En proyectos con fondos comunitarios (FEDER, etc.) los intereses aplicarán solo al Tramo Reembolsable. En el resto, aplicará a toda la ayuda concedida.

TRAMO NO REEMBOLSABLE (TNR):

  • Los porcentajes se calcularán sobre la ayuda total, excepto cuando la Ayuda Parcialmente Reembolsable se encuentra entre 75-85% del presupuesto aprobado; en esos casos el % TNR se calculará sobre el 75% del presupuesto aprobado. Los intereses se devengarán de manera semestral.

 

Autor: Raúl Morales del Piñal de Castilla (ATD Consultores)

Artículo relacionado con el Programa de Financiación Internacional

VER PARTE I: Programas de estímulo a la PYME con Fondos EU (Parte I)

VER PARTE 2: Programas de estímulo a la PYME con los Fondos EU (Parte II)

VER PARTE 3: Programas de estímulo a la PYME con los Fondos EU (Parte III)

VER PARTE 4: Programas de estímulo a la PYME con los Fondos EU (Parte IV)

VER PARTE 5: Programas de estímulo a la PYME con los Fondos EU (Parte V)