Como importar después del brexit
INTRODUCCIÓN
La presente nota contiene información básica acerca de cómo será el proceso para poder importar mercancías desde el Reino Unido tras la salida de este de la Unión Europea.
PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN
En el caso de un Brexit sin acuerdo, el Reino Unido será considerado como un tercer país, esto significa que se debe cumplir con la legislación que desarrolle el país, y que no tiene por qué coincidir con la comunitaria. Por lo que hay que contemplar las implicaciones de esta nueva situación que irá cambiando gradualmente.
Las mercancías estarán sujetas a supervisión y control aduanero lo que implica:
- Declaración sumaria de entrada ENS. (Si Andalucía es el primer punto de entrada en la Unión, el transportista debe presentar una ENS antes de la llegada de la mercancía).
- DUA de importación, Notificación de llegada y declaración de depósito temporal.
- Una vez presentada ante la aduana la mercancía deberá recibir un destino aduanero inmediatamente.
- Se aplicarán derechos especiales y tarifas aduaneras por parte de la Unión Europea y se presentará la declaración aduanera.
- Dejarán de ser válidas en la UE las autorizaciones aduaneras expedidas por Reino Unido.
- La aplicación de prohibiciones o restricciones para determinadas mercancías.
- Origen de las mercancías: Se considerarán «no originarios de la UE» los insumos del Reino Unido (materiales u operaciones de transformación) en el marco de un régimen comercial preferencial para determinar el origen de las mercancías que los incorporan.
Sitio web con información actualizada: https://madb.europa.eu/madb/euTariffs.htm